sábado, 25 de febrero de 2012

La Provincia conformó el Comité de Vacunas

SALUD PÚBLICA

 


Está presidido por el Ministro de Salud Pública Julián Dindart  y lo integran distintas áreas pertenecientes a la Cartera Sanitaria, la Universidad, y la Sociedad de Pediatría. Su función principal es para aunar criterios y esfuerzos en común para trabajar en llegar a las coberturas óptimas de vacunación. "En la Argentina se han incorporado nuevas vacunas al calendario regular y es necesario que todos juntos tengamos un mensaje unificado  para llegar a la población", aclaró la Subdirectora de Vigilancia Epidemiológica Elba Meza.

 

A través de la resolución ministerial 259, del 22 de febrero de 2012 quedó conformado oficialmente el  Comité de Vacunación de la provincia integrado por el Subsecretario de salud, las áreas de Epidemiología, Inmunizaciones, Prensa, Maternidad, Plan Nacer, Hospital Pediátrico a través del área de Infectología, Facultad de Medicina de la UNNE y la Sociedad Argentina de Pediatría. El mismo está presidido por el Ministro de Salud Pública Julián Dindart.

 

Por segunda vez los integrantes del Comité se reúnen para trabajar de que manera articular entre los distintos sectores para lograr un criterio unificado en la colocación de vacunas. Cabe aclarar que fueron incorporadas varias vacunas al Calendario nacional en este último tiempo como la del HPV- Neumococo y antigripal, en total fueron incorporadas en estos últimos años 10 vacunas. Por eso es imprescindible actualizar los conocimientos de los profesionales médicos de tal manera de que al llegar al vacunatorio tengan la misma  información que los enfermeros que tienen una permanente capacitación por parte de la Cartera Sanitaria.

 

El Comité de Vacunas denominado Consejo Provincial de Inmunizaciones tiene por objeto actuar como una instancia permanente de coordinación de los sectores público, social y privado para promover y apoyar las acciones de prevención, control, eliminación y erradicación, entre toda la población resiente en la Provincia de Corrientes, de las enfermedades que pueden evitarse mediante la administración de vacunas, según reza el reglamento interno en su artículo primero que fue puesto a consideración durante la reunión.

 

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